Debes afiliar a tu trabajador al Sistema Integral de Seguridad Social y pagar las cotizaciones correspondientes por Salud, Pensión y Riesgos Laborales en las proporciones que determina la Ley. En el caso de salud y pensión el aporte lo compartes con el trabajador de la siguiente manera:
Salud
El aporte a salud será del 12.5% del Ingreso Base de Liquidación (IBL).
- El empleador deberá aportar 8.5%.
- El trabajador deberá aportar el 4%.
ARL
El porcentaje de aportes en riesgos laborales corresponden según el nivel del riesgo al que está expuesto el trabajador en su puesto de trabajo:
Riesgo 1 (0.522%): Actividades financieras, trabajos de oficina, administrativos, centros educativos, restaurantes.
Riesgo 2 (1.044%): Algunos procesos manufactureros como fabricación de tapetes, tejidos, confecciones y flores artificiales, almacén por departamentos, algunas labores agrícolas.
Riesgo 3 (2.436%): Algunos procesos manufactureros como la fabricación de agujas, alcoholes y artículos de cuero.
Riesgo 4 (4.350%): Procesos manufactureros como fabricación de aceites, cervezas, vidrios, procesos de galvanización, transportes y servicios de vigilancia privada.
Riesgo 5 (6.960%): Areneras, manejo de asbesto, bomberos, manejo de explosivos, construcción y explotación petrolera.
- El empleador deberá aportar de 0.522% a 6.960%
- El trabajador no aporta
Pensión
El aporte a pensión será del 16% sobre el Ingreso Base de Liquidación (IBL).
- El empleador deberá aportar el 12%.
- El trabajador deberá aportar el 4%.
Para afiliar a tus empleados tienes que solicitar la documentación de afiliación a los fondos de pensión y diligenciar los papeles junto con tu nuevo empleado. Para radicar los papeles puedes llevarlos a la oficina más cerca o solicitar a la administradora de pensión un asesor para que te acompañe en todo el proceso.
En cuanto al pago lo puedes hacer a través de los diferentes administradores de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) como aportesenlinea.com, arus.com.co, asopagos.com, miplanilla.com, nuevosoi.com.co, pagosimple.com.
En resumen:
- Como empleador eres el encargado de afiliar a tus trabajadores a la seguridad social.
- Debes diligenciar los formularios de afiliación a pensiones, salud, riesgos laborales y cajas de compensación familiar.
- El trabajador/a debe aportar sus datos tales como cédula de ciudadanía y documentos de identidad de los beneficiarios e informar a qué fondo de pensiones y a qué EPS se quiere afiliar.
- Como empleador debes registrarte ante la EPS, en la ARL y en las cajas de compensación familiar.
- Posteriormente debes diligenciar los datos del trabajador/a en los formularios correspondientes y radicarlos.
Si quieres saber qué ocurre si no afilias a tus trabajadores al sistema de seguridad social, haz clic aquí.