¿Puedo elegir en qué régimen quiero cotizar?
No, con la reforma, los tres primeros salarios mínimos de cada trabajador irán a Colpensiones y el restante (si el trabajador gana más) irá al régimen de ahorro (que podrán administrar públicos y privados) para una pensión complementaria.
¿Cambiarían las semanas necesarias para pensionarme?
Si estás actualmente en el régimen privado, con el traslado a Colpensiones aumentarán las semanas de cotización necesarias para una pensión de 1.150 a 1.300.
Si tengo más de mil semanas cotizadas, ¿de todos modos me trasladarán al régimen público?
No, si tienes más del mil semanas o te falten menos de 10 años para la edad de pensión, podrás quedarte en tu régimen actual o tomar la Doble Asesoría durante los próximos dos años (luego de la aprobación de la ley) para decidir si trasladarte o no.
¿Qué pasará con mi ahorro pensional si muero y no tengo hijos, ni pareja?
Tu ahorro ya no será heredable hasta quinto grado de consanguinidad (hijos mayores de 25 años, primos, tíos, sobrinos, entre otros), sino que pasará a ser propiedad del Estado.
¿Cómo se calculará mi pensión?
En el régimen público, se calculará basada en el promedio de tus cotizaciones en los últimos 10 años, con un límite de los tres salarios mínimos. En el régimen privado se calculará el complemento, basado en el ahorro, más rendimientos que tengas en tu cuenta de ahorro individual.
Con la reforma, los cálculos se harán de la misma forma (los tres primeros salarios bajo la formula de Colpensiones y los restantes, bajo la fórmula de los fondos de pensiones)
¿De cuánto será el subsidio para aquellos que nunca cotizaron a pensión?
El subsidio para adultos mayores será de 223 mil pesos.
Si no cumplí con las semanas necesarias para mi pensión, ¿puedo solicitar una devolución de mi ahorro?
No, la reforma propone que, a tus 65 años, con lo ahorrado, puedas acceder a un Beneficio Económico Periódico, es decir, una mensualidad que dependerá de lo que ahorraste.