La pensión familiar en Colombia es una alternativa para parejas que no alcanzaron a cumplir los requisitos individuales para la pensión. En este artículo te contamos en qué consiste y cómo puedes acceder a ella.
Para las parejas casadas, en unión libre o en unión marital de hecho, que no cuentan con suficientes semanas o capital para obtener una pensión de forma individual, ¡existe otra forma para pensionarse!
La Pensión Familiar se creó en 2012, y consiste en sumar el capital o las semanas cotizadas de cada cónyuge. ¡No importa si cotizaron en el Régimen de Prima Media (Colpensiones) o en el de Ahorro Individual con Solidaridad (Fondos de Pensiones)!
¿Cuáles son los requisitos para una pensión familiar?
En ambos regímenes los compañeros permanentes deben tener 57 años en el caso de las mujeres y 62 años en el caso de los hombres, además, su relación debe haberse iniciado hace 5 años o más.
En los fondos de pensiones se tiene en cuenta el dinero ahorrado por los cónyuges para financiar la pensión familiar. Si el ahorro no es suficiente, la pareja puede acceder al beneficio de Garantía de Pensión Mínima, para lo cual la pareja deberá sumar 1.150 semanas.
Como el monto depende del capital ahorrado, pueden acceder a una pensión que puede ir desde un salario mínimo en adelante si la suma del dinero lo permite. Por ejemplo, si tú y tu pareja cotizaron 600 semanas cada uno, al sumarlas podrán alcanzar 1.200 semanas, cumplir con el requisito, y por lo tanto, podrán obtener una pensión hasta por dos salarios mínimos.
En contraste, en el Régimen de Prima Media sí hay tope para la pensión familiar, la cual solo podrá ser como máximo de un salario mínimo. Adicionalmente, los beneficiarios deben acreditar su vinculación al Sisbén en categoría 1 o 2, y sumar entre los dos 1.300 semanas. También deben haber cotizado al menos 325 semanas antes de los 45 años.
¿Cómo se accede a la pensión familiar en Colombia?
Ambas personas deben pertenecer al mismo régimen pensional para poder sumar las semanas cotizadas o el capital ahorrado en cada cuenta de ahorro individual, en caso de estar en un fondo de pensiones.
Si están en regímenes pensionales diferentes la ley permite, con el fin de que accedan al beneficio, que uno de los miembros de la pareja se traslade al régimen que considere, respetando los tiempos que estipula la ley para los traslados (10 años antes de la edad de pensión)
Recuerda que, si tú o tu pareja no cotizan en la actualidad a pensión, no pasa nada; lo importante es que a la fecha de solicitud ambas personas sumen las semanas o el capital requerido en la normativa.
Por otro lado, si una de las dos personas de la pareja ya tiene una pensión, no puede acceder a una pensión familiar, ya que ninguna persona puede tener más de una pensión. Ten en cuenta también que la pensión familiar solo aplica para una unión.
¿Qué pasa si la pareja beneficiada con la pensión familiar se divorcia?
Si pasa esto, la pensión familiar se extingue y el dinero que esté en la cuenta de ahorro pensional hará parte de la sociedad conyugal, por tanto, el saldo se dividirá por mitades. En caso de que la pensión, en un fondo de pensiones, se pague bajo la modalidad de renta vitalicia, ésta se dividirá y los ex cónyuges tendrán derecho a recibir mensualmente cada uno el 50% del monto de la pensión que recibían.
Si la pensión familiar es de un salario mínimo, cada persona tendrá derecho a recibir mensualmente un Beneficio Económico Periódico (BEPS), que equivaldría al 50% del monto que anteriormente recibían. Ejemplo: si una pareja recibía en 2019 una pensión familiar equivalente a un salario mínimo mensual, en caso de divorcio, las dos personas pasarán a recibir de manera vitalicia un BEPS por $414.000 (cálculo realizado con el salario mínimo del año 2019).
¿Qué pasa si uno de los dos fallece?
En caso de muerte y ante la inexistencia de hijos beneficiarios, el total de la pensión familiar pasará al cónyuge o compañero sobreviviente. Si hay hijos, serán beneficiarios quienes sean menores de edad o hijos entre los 18 años y hasta los 25 años que sean dependientes económicamente del fallecido (por estudio o invalidez).
Dichos hijos tendrán derecho al 50% del beneficio y la pareja continúa con el 50% restante. Una vez el hijo alcance la mayoría de edad o llegue a los 25 años y sea dependiente económicamente, los recursos que recibía mensualmente se redistribuirán entre los otros hijos y, si no hay más descendientes, pasarán a manos del cónyuge sobreviviente. Por lo tanto, éste tendrá derecho a la Pensión Familiar en su totalidad.
La pensión familiar no es heredable. Si al momento de la muerte de los dos cónyuges o compañeros no hay hijos beneficiarios, la pensión familiar finaliza.
¿Quieres saber cómo se diferencia la pensión familiar por régimen? Mira esta tabla:
Esperamos que esta información haya sido de tu interés, y que, de cumplir con los requisitos, te acerques a tu entidad de pensiones para que seas beneficiario. Así que, ¡ayúdanos a pasar la voz! No olvides que es tu plata, es tu futuro.
Si aún no tienes muy claro cuáles son los requisitos de pensión, te invitamos a entrar a este enlace.
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BUENAS TARDES
CUMPLO CON LOS REQUISITOS PARA ACCEDER A LA PENSION FAMILIAR
Hola Enrique. En ese caso por favor comunícate directamente con tu administradora de fondos de pensiones para que tú y tu pareja puedan iniciar el trámite. Ingresando a la página web puedes encontrar las líneas de atención telefónicas o de correo electrónico. Un saludo cordial.
CUMPLO CON LOS REQUISITOS PARA LA PENSION FAMMILIAR
Hola Enrique. En ese caso por favor comunícate directamente con tu administradora de fondos de pensiones para que tú y tu pareja puedan iniciar el trámite. Ingresando a la página web puedes encontrar las líneas de atención telefónicas o de correo electrónico. Un saludo cordial.
Yo averigüe y me dijeron que solo si cumplía con 10 años cotizados antes de los 45
Hola, Gloria,
Ese requisito solo aplica en Colpensiones, en los fondos de pensión no es necesario.
Un saludo.
Hola, Bendiciones. Si yo estoy en colpensiones y mi cónyuge en un fondo privado podemos tener la pensión familiar ??
Hola,
No, en ese caso, uno de los dos debe realizar un traslado. ¡Recuerden que en el régimen privado los requisitos son más fáciles!
Un saludo.
Me siento como satisfecho me tenían q no sabía q hacer.
Una pregunta con mi esposa tenemos las semanas para la pensión compartida tenemos la edad pero ella está trabajando no se quiere salir
PREGUNTA PODEMOS OBTENER LA PENSION COMPARTIDA
UN ABOGADO me dice q si pero me cobra 5 millones necesito w me oriente
¡Hola Rosemberg!
Para acceder a al pensión familiar, además de amber cumplido con los requisitos de edad y semanas cotizadas, ambas personas deben pertenecer al mismo régimen pensional para poder sumar las semanas cotizadas o el capital ahorrado en cada cuenta de ahorro individual, en caso de estar en un fondo de pensiones. Como el monto depende del capital ahorrado, pueden acceder a una pensión que puede ir desde un salario mínimo en adelante si la suma del dinero lo permite. Por ejemplo, si tú y tu pareja cotizaron 600 semanas cada uno, al sumarlas podrán alcanzar 1.200 semanas, cumplir con el requisito, y por lo tanto, podrán obtener una pensión hasta por dos salarios mínimos.