¿Qué pasa con mi ahorro pensional si quedo desempleado y no puedo seguir cotizando?

¿Qué pasa con mi ahorro pensional si quedo desempleado y no puedo seguir cotizando?

Es la preocupación de miles que temen perder su trabajo o que ya están desempleados y, por tanto, no pueden seguir aportando a su seguridad social hasta no garantizar nuevamente un puesto de trabajo. El ahorro pensional en los fondos privados no tiene por qué verse afectado.

Muchos están ante la incógnita de qué pasará con sus aportes a salud o pensión mientras están sin trabajo. Es importante, si este es tu caso, que reportes la situación laboral actual ante la EPS y tu AFP, de manera que la suspensión de aportes no se interprete como una evasión de pagos. En particular, en el caso de quienes tienen su ahorro pensional con una administradora de fondos de pensiones, AFP (Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia) llevan la mayor ventaja.

¿Por qué?

Porque si eres uno de los 16 millones de afiliados con fondo de pensión y pierdes tu trabajo y, por ello, no puedes seguir cotizando, tu ahorro de todos modos seguirá ahí, en tu cuenta individual, con la siguiente ventaja: la administradora continuará gestionando tus recursos de modo que sigan produciendo rendimientos a lo largo del tiempo.

En caso de que estuvieras en Colpensiones, como allí no existen cuentas individuales y no puedes ahorrar en capital, solo en semanas, estar en modo cesante en esta administradora representa un riesgo mayor al ser más difícil alcanzar las 1.300 semanas (25 años).

Vamos a la práctica

Un ejemplo de esto lo clarifica muy bien el siguiente gráfico en el que se toma el caso de alguien que dejó en 1994 un millón de pesos en su fondo de pensiones y nunca más hizo aportes. Ese millón, no obstante que ese trabajador no volvió a cotizar, a lo largo del tiempo fue invertido, reinvertido y nuevamente invertido por la AFP en la que estaba afiliada esa persona, de modo tal que, 26 años después, ese millón se convirtió en $40 millones.

ahorro

Ahora, es importante que tengas en cuenta que, en la medida de lo posible, lo mejor es no suspender los aportes a pensión pues cada peso pesa en tu saldo para efectos del cálculo de tu mesada, una vez llegues a la edad de retiro: a más plata, mayor será tu mesada o en caso de que no logres requisitos para pensionarte, la devolución de tu saldo igualmente será más alta.

De acuerdo con análisis de la Vicepresidencia Técnica del Asofondos, un millón de pesos que dejes de aportar, puede representarte hasta $32 millones menos en tu saldo de ahorro pensional. Recuerda, además, que si logras mantener tus aportes tendrás otros dos impactos fundamentales: lograr el capital suficiente para pensionarte o, si no alcanzas ese capital, al menos llegar a las 1.150 semanas (22 años) requeridas en una AFP para tener tu pensión de vejez.

Y, por otro lado, mantenerte activo en la cotización te protege ante eventualidades como la pérdida de más del 50% de tu capacidad laboral, ya que podrías acceder a la pensión de invalidez, y el fallecimiento, ya que tus familiares podrían obtener la pensión de sobrevivencia.

Si quieres saber más sobre los beneficios que obtienes al cotizar a pensión, haz clic aquí.

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187 Comments

  1. Tengo 58 años estoy desempleado ya no puedo cotizar mas por lo que ya nadie me quiere emplear mas tengo una imcapacidad de desgaste de columna ya, tengo como 1500 semanas tengo un bono pencional en colpeciones quiero saber que puedo aser

    1. Hola William. Puedes comunicarte con tu administradora de fondos de pensiones y ver si el dinero que tienes en tu cuenta individual es suficiente para financiar una pensión de al menos 1 salario mínimo. Si es así, podrías pensionarte anticipadamente. Por otro lado podrías pedir una calificación de tu invalidez. Si esta es superior al 50% de pérdida de capacidad laboral y has cotizado al menos 1 año en los últimos 3 años, podrías pensionarte anticipadamente por invalidez. Lo mejor es que busques asesoría de tu AFP para que según tus datos específicos puedan darte la mejor opción. Un saludo.

        1. Hola, Targelia,
          Para poder pedir una devolución de saldos debes llegar a la edad de pensión, que son los 57 años para las mujeres y los 62 años para los hombres. Recuerda que de todos modos tus aportes seguirán generando rendimientos y creciendo para tu vejez.
          Un saludo.

  2. Tengo 62 años un promedio de 907 semanas solicite devolución de saldos a mi AFP hace 4 meses iOS documentos solicitados ya fueron aprobados no me han llamado que tengo que hacer gracias.

    1. Hola Pedro. Gracias por escribirnos. Los plazos de Ley que tienen las administradoras van de 4 a 6 meses, sin embargo le recomendamos contactar a la administradora para hacer el seguimiento del trámite. Un saludo cordial.

  3. Por que si soy mayor de edad sin empleo y tengo un ahorro en un lugar donde ingrese con engaños PROTECCION no puedo retirar mi ahorro. aludiendo sobre la ley tal del año tal leyes que cambian cuando les interesa.v.iviendo en un pais libre y donde se me están violando todos los derechos humanos y fuera de eso en un Pais con el futuro mas incierto por la corrupción.

    1. Hola Jorge. Lamentamos esta situación. El Gobierno no ha autorizado una devolución anticipada de los ahorros pensionales. El sistema de protección a la vejez fue creado para tener algún ingreso en la etapa pasiva. Un saludo.

    1. Hola Johnny. Los militares tienen un régimen especial de pensiones en cual se tiene en cuenta el tiempo laborado para calcular la pensión. De la asignación de retiro de Fuerzas Militares está encargada la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares (CREMIL). Los policías cuentan con la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional (CASUR). Los porcentajes y características de los aportes que realizan los miembros de cada fuerza dependen del tiempo laborado y la categoría a la que pertenecen, así como los salarios devengados. Existe otra prestación que corresponde a la pensión de invalidez o sobrevivientes, la cual es administrada y otorgada por el MDN y la Policía Nacional. Te recomendamos comunicarte con estas entidades para hacer la respectiva averiguación. Un saludo.

    2. B. Tarde. Pedí una devolución del bono pensional, para cubrir una eventualidad. Tengo la posibilidad de volver a laborar con el estado por contrato. Por Ley me deben pagar pensión. Puedo hacerlo nuevamente, habiendo reclamado este bono pensional, sin ningún inconveniente?? Agradezco su concepto.

      1. Hola, Luz,
        Si pediste la devolución de tus saldos, renunciaste a la posibilidad de una pensión, de modo que ya no es posible.
        Un saludo.

  4. yo no trabajo desde el año 2005 y ya no trabajare mas, no existe devolucion o pension anticipada ? mis pensione esta con porvenir

    1. Hola Mónica. Para obtener una pensión anticipada debes tener en tu cuenta de ahorro individual el capital suficiente para financiar una pensión de un salario mínimo. De lo contrario deberás esperar a cumplir la edad (57 años para las mujeres) y tener 1.150 semanas cotizadas para obtener una pensión. Por el contrario, si a esta edad no cumples con el requisito de semanas o de capital, recibirás una devolución de tus aportes. Recuerda que en el caso de las cuatro AFP (Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia) esta devolución es en promedio 7 veces mayor que la devolución de la entidad pública, debido a que se reconocen rendimientos. Nuestra invitación es que te comuniques directamente con tu Administradora para que puedas tener una asesoría mucho más especializada. Un saludo.

  5. Buena tarde, quisiera saber acerca del siguiente caso:

    Mi madre es empleada domestica, tiene 53 años, trabajara hasta este mes de Marzo, se dedicara a su casa pero la idea es q sus hijos sigan pagándole pensión ya que le falta pocos años para acceder a ella, mi pregunta es como calcularían el valor de pensión a pagar si ella no va a recibir ingresos por ningun lado?

    1. Hola Jimena. Para que tu madre pueda cotizar como independiente deben tener en cuenta que lo mínimo por lo que pueden cotizar es por un ingreso de salario mínimo, teniendo en cuenta que la obligación de cotización es 12,5% para salud y 16% para pensión. Para el salario mínimo la base de liquidación se toma sobre el 100%. Es decir que para salud debería aportar $113.565 y para pensión $145.364, para un total a pagar en la planilla de $258.929. A partir de ahí pueden decidir si cotizar sobre un ingreso superior al salario mínimo. Si es así el cálculo deben hacerlo con una base de liquidación del 40%, es decir, si va a cotizar por $2.500.000 mensuales, el ingreso base de cotización será de $1.000.000, por lo tanto, el aporte a salud será de $125.000 y a pensión será de $160.000. Si quieres tener más información ingresa a https://bit.ly/39qw6Qh. Un saludo

  6. Buenas noches,me llamo Nora londoño.,me quedé sin empleo en diciembre del2020 y tengo 916semanas cotizadas tengo 61 años lo cual quiere decir que es muy difícil emplearme de nuevo.,que puedo hacer?

    1. Hola Nora. Como ya tienes 61 años quiere decir que ya cumpliste la edad de pensión, que en Colombia para las mujeres es a los 57 años. Como no cumples el requisito de semanas de ninguno de los dos regímenes (1.150 en el privado y 1.300 en el público), podrás obtener una devolución de tus aportes que en el régimen público se conoce como indemnización sustitutiva y en el privado como devolución de saldos. En el caso de que seas afiliada a un fondo privado esta devolución es en promedio 7 veces más alta debido a los rendimientos. Te recomendamos ponerte en contacto con tu administradora y empezar a hacer el trámite. Un saludo.

  7. Tengo 25 años de estar cotizando a Compensaciones y. No. Quiero trabajar más puedo pedir areglar la devolución del dinero gracias

    1. Hola Guzmán. ¡Gracias por escribirnos! No señor, la Ley colombiana no permite que las devoluciones de los aportes se hagan sin cumplir el requisito, y este es que al cumplir la edad de pensión (62 años para hombres) NO se tenga el mínimo de semanas o de capital para obtener una pensión. Recuerda que las devoluciones en el Régimen de Ahorro Individual (RAIS) son en promedio 7 veces más altas que las del régimen público (Colpensiones), por lo que si tienes menos de 51 años y definitivamente crees que no lograrás cumplir con el mínimo de semanas (1.150 en el RAIS y 1.300 en Colpensiones) te convendrá más ser afiliado a un fondo de pensiones del RAIS (Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia). Aquí puedes encontrar más información: https://bit.ly/3cu9LBl. Un saludo.

  8. Estoy desempleada me encuentro como beneficiaria en el régimen contributivo puedo seguir pagando mis aportes solo a pensión y cual seria el tramite estoy en colpensiones.
    Gracias

    1. Hola Gloria. Por Ley no se permite que solo se aporte a pensión, ya que la cotización a seguridad social debe contener los componentes de salud y ARL. Te recomendamos comunicarte directamente con Colpensiones para preguntas sobre trámites. Un saludo cordial.

  9. Hola, yo solo cotice como dos años, luego de eso mis trabajos han sido informales hasta la fecha, yo cotizaba en el seguro social, si yo quisiera afiliarme a un fondo privado y solicitar que mis cotizaciones se trasladen, lo puedo solicitar y empezar a pagar de nuevo?

    1. Hola Jenny. Claro que sí puedes. Es tan fácil como llamar a la administradora a la que quieres afiliarte y allí te podrán guiar en el paso a paso. Es buena esta decisión que tomas ya que a los trabajadores informales les suele convenir más un fondo privado debido a que en caso de no cumplir con el requisito de semanas, a los 57 años te harán una devolución de saldos que es en promedio 7 veces mayor que la de Colpensiones. ¡Comunícate con un asesor para que puedas iniciar el trámite!

  10. Buenas tardes tengo ,58 años..cuento con un poco más de 1300 semanas, hace cuatro años que no cotizo porque la empresa se acabó.estoy con Protección como no consigo trabajo pues no cotizo… que hago..esperar? Gracias

    1. Hola Luis. Mientras consigues un empleo es recomendable seguir cotizando al sistema así sea sobre un salario mínimo porque de esta forma no solo ahorras más para que tu pensión sea mayor, sino que estás protegido contra invalidez o muerte. De no ser posible se recomienda a esperar a conseguir empleo y luego hacer algunos aportes voluntarios para mejorar las expectativas. Un saludo.

  11. Buenas tardes soy desempleado hace más de veinte años yen el 2002 se me informo que tenía 20.000.000 ahorrados en fondo de pensiones. Donde puedo averiguar qué saldo tengo al día de hoy

    1. Hola Carlos. Puedes ingresar a la página web de tu Administradora de Fondos de Pensiones y con tu usuario y contraseña ingresas a tu cuenta y encontrar esta información (si no tienes un usuario puedes crearlo allí). También puedes llamar directamente a tu AFP. Un saludo.

  12. Buenas tardes soy desempleado hace más de veinte años yen el 2002 se me informo que tenía 20.000.000 ahorrados en fondo de pensiones. Donde puedo averiguar qué saldo tengo al día de hoy

    1. Hola Carlos. Gracias por escribirnos. Debes comunicarte directamente con tu Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías, ya sea por medio de la línea de atención telefónica o la página web. Aquí los números de contacto de cada una de ellas:

      Colpensiones: Bogotá al (1) 489 0909 y en el resto del país al 018000 41 0909
      Colfondos: Bogotá al (1) 748 4888 y en el resto del país al 01 800 05 10000
      Porvenir: Bogotá al (1) 744 7678 y en el resto del país al 018000 517170
      Protección: Bogotá al (1) 744 44 64 y en el resto del país al 01 8000 52 8000
      Skandia: Bogotá al (1) 658 4000 y en el resto del país al 01 8000 517 526

      Un saludo.

  13. Tengo 51 años y 400 semanas cotizadas, me encuentro desempleado ya hace cuatro años y quisiera poder retirar lo aportes a pensión puesto que ha sido difícil encontrar trabajo y más aún por efectos de la pandemia… Podría de alguna manera retirar éste saldo para así poder mejorar mi situación y poder tener una vida digna… Gracias.

    1. Hola Guillermo. Por Ley en Colombia solo es posible retirar el ahorro pensional en el caso de que al llegar a la edad de pensión (62 años para los hombres) no se cumplan con los requisitos para pensionarse. En este caso se recibe una indemnización sustitutiva si es afiliado a Colpensiones, donde se le reconocen los aportes ajustados a inflación, o una devolución de saldos si es afiliado a un fondo de ahorro individual (Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia) donde recibe los aportes ajustados a inflación más los rendimientos generados en el tiempo, por lo que la devolución es en promedio 7 veces más alta. Le aconsejamos que acuda de forma urgente a una Doble Asesoría, ya que está en el límite de edad para trasladarse al régimen que mejor le convenga. Es tan fácil como llamar (cuanto antes) a su administradora. Un saludo cordial.

  14. Buenas noches. Actualmente tengo 61 años. Dejé de cotizar a pensiones en mayo de 2020 porque quedé desempleado. A esa fecha tenía 1597 semanas cotizadas. Será que perderé la pensión por dejar de cotizar? En salud estoy actualmente activo por emergencia del covid. Mil gracias

    1. ¡Hola, Jorge!
      Gracias por escribirnos. Loss aportes que tú y tu empleador hacen son tuyos, así que cuando cumplas la edad de pensión (62 años), podrás solicitar tu mesada.
      Recuerda que en el Régimen de Ahorro Individual hay dos vías para pensionarse, entre ellas, una en la que no hay necesidad de cumplir con la edad estipulada por ley, porque si tienes el capital suficiente en tu cuenta de ahorro individual para financiar una pensión de por lo menos un salario mínimo, podrás hacerlo a cualquier edad. Este monto varía mucho entre persona y persona, porque cada caso es único y características como el núcleo familiar y los ingresos inciden.
      Si tienes más preguntas, no dudes en escribirnos.

  15. YO RETIRE MI PLATA DE COLPENSIONES HACE 8 AÑOS, PERO ME VOLVI A EMPLEAR Y QUE PASA CON ESA PLATA, YO YA TENGO 12 AÑOS DE EDAD Y MI NUEVO EMPLEADOR RECIBIO UNA COMUNICACION DE COLPENSIONES DONDE LES DICE QUE YO YA NO PUEDO COTIZAR MAS POR MI EDAD

      1. Hola, Clara,
        Gracias por escribirnos. En el régimen administrado por Colpensiones solo existe una vía para pensionarse y es haber cumplido 57 años en el caso de las mujeres o 62 años para los hombres y tener al menos 1.300 semanas cotizadas (aproximadamente 26 años de trabajo). En tu caso, te invitamos a contactar a Colpensiones, para conocer los detalles de tus aportes:
        Bogotá al (1) 489 0909 y en el resto del país al 018000 41 0909
        ¡Saludos!

    1. Hola, Clara,
      Gracias por escribirnos. En el régimen administrado por Colpensiones solo existe una vía para pensionarse y es haber cumplido 57 años en el caso de las mujeres o 62 años para los hombres y tener al menos 1.300 semanas cotizadas (aproximadamente 26 años de trabajo). En tu caso, te invitamos a contactar a Colpensiones, para conocer los detalles de tus aportes:
      Bogotá al (1) 489 0909 y en el resto del país al 018000 41 0909
      ¡Saludos!

  16. Hola mi nombre es Beatriz Montes soy desempleada quieto saber que pasará con el tiempo cotizado ? Gracias

    1. Hola, Beatriz,
      Gracias por escribirnos. Tu ahorro en los fondos de pensiones está totalmente protegido y puedes ver su comportamiento mes a mes en tu cuenta de ahorro individual en donde no solo encuentras los rendimientos que se generan sino los aportes que ha hecho tu empleador y cómo ha evolucionado tu ahorro, a diferencia del régimen público en donde no puedes hacer seguimiento a tu dinero ya que no existen cuentas individuales. Recuerda que además las AFP tienen más de 6 mecanismos de protección entre las cuales se encuentra la rentabilidad mínima, los multifondos y muchas otras.
      La invitación es que si puedes seguir cotizando, así sea poco, lo hagas, porque de esta forma tu mesada final o devolución de saldos podrá ser mucho mayor, debido a los rendimientos que genera con el tiempo.
      Entra a este enlace y conoce todo, para que veas que no hay nada qué temer: http://bit.ly/323PyfL

  17. Buenas tardes, estoy desempleada hace un año, no he podido seguir cotizando, que debo hacer para continuar cotizando por medio de que programa y que sea un aporte mínimo ya que estoy por el régimen subsidiado pagando salud. Estoy en el AFP COLPENSIONES y ya tengo las 1300 semanas cotizadas, me falta cumplir la edad de 57 años.

    1. Hola, Yasmin,
      Muchas gracias por escribirnos. una persona desempleada puede cotizar a pensión obligatoria como independiente, y lo puede hacer por el valor mínimo de ingreso que es 1 smlv, acá puedes encontrar más información sobre cómo hacerlo: https://bit.ly/39qw6Qh
      Para conocer más, también puedes contactar a Colpensiones en Bogotá al (1) 489 0909 y en el resto del país al 018000 41 0909
      ¡Un saludo!

  18. Buenas tardes, estoy desempleada hace un año, no he podido seguir cotizando, qué debo hacer para continuar cotizando, por medio de qué programa y que sea un aporte mínimo ya que estoy cotizando salud por el régimen subsidiado pagando salud, Estoy en el AFP COLPENSIONES y ya tengo las 1300 semanas cotizadas, me falta cumplir la edad de 57 años.

    1. Hola, Yasmin,
      Muchas gracias por escribirnos. Una persona desempleada puede cotizar a pensión obligatoria como independiente, y lo puede hacer por el valor mínimo de ingreso que es 1 smlv, acá puedes encontrar más información sobre cómo hacerlo: https://bit.ly/39qw6Qh
      Para conocer más, también puedes contactar a Colpensiones en Bogotá al (1) 489 0909 y en el resto del país al 018000 41 0909
      Adicionalmente, recuerda que existen dos sistemas de pensión en Colombia, el Régimen de Prima Media (administrado por Colpensiones) y el Régimen de Ahorro Individual (representado en Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia).
      Quedamos atentos a cualquier duda sobre el tema. ¡Un saludo!

  19. Buen día mi nombre es Ofelia silva tengo 58 años no alcance la pensión por qué no alcance a cotizar 1150 ssemanas mi pregunta es :si no quiero retirar ni ahorro pensional todavía hay algún inconveniente o talvez me aumente o me baje el saldo gracias por resolver esta pregunta

    1. Hola, Ofelia,

      Muchas gracias por escribirnos. Recuerda que los saldos en tu cuenta de ahorro individual son tuyos y en un fondo de pensiones estos seguirán obteniendo rendimientos a largo plazo. La invitación es que si puedes seguir cotizando, así sea poco, lo hagas, porque de esta forma tu devolución podrá ser mucho mayor, debido a los rendimientos que genera con el tiempo. Y al momento de recibirla incluso puedes meter ese dinero a BEPS (Beneficios Económicos Periódicos) un programa del gobierno en donde el Estado pone un 20% adicional al saldo devuelto y lo transforma en un ingreso vitalicio mensual. Entre más ahorres y cotices, mayor podrá ser este BEP.

      Acá te contamos más sobre la indemnización sustitutiva en una Administradora de Fondos y Pensiones: https://bit.ly/3cu9LBl

      ¡Un saludo!

  20. Saludos, tengo 31 años, coticé por casi 8 años en fondo de pensiones privada, es posible pedir devolución de saldos, o ¿solo aplica cuando cumpla la edad de 57? Saldré del país y no quiero que se pierda mi dinero ahorrado. Gracias.

    1. Hola, Mag,
      Recuerda que el dinero que tú y tu empleador han cotizado es tuyo, debido a que se deposita a una cuenta a tu nombre, de modo que este no se pierde. Así es, debes esperar a cumplir la edad de pensión, en el caso de las mujeres 57 años, para solicitar una devolución de saldos.
      En todo caso, la invitación es a que sigas cotizando, teniendo en cuenta que tus ahorros seguirán generando rendimientos. Acá te explicamos cómo cotizar desde el extranjero: https://bit.ly/38018Nq
      ¡Un saludo!

    1. Hola, Patricia,
      Gracias por escribirnos. Para pensionarte, debes cumplir con una serie de requisitos, de hecho, en los fondos de pensiones existen dos vías. En la primera no hay necesidad de cumplir con la edad estipulada por ley, que son mujeres a los 57 años y hombres a los 62 años, porque si tienes el capital suficiente en tu cuenta de ahorro individual para financiar una pensión de por lo menos un salario mínimo, podrás hacerlo a cualquier edad. Este monto varía mucho entre persona y persona, porque cada caso es único y características como el núcleo familiar y los ingresos inciden.
      La segunda forma es que en caso de no tener el ahorro suficiente puedes pensionarte acumulando 1.150 semanas cotizadas, que equivalen a 22 años (3 años menos que en la entidad pública), y la edad de pensión, 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres. Un saludo.

  21. Hola tengo 48 años solo cotize hasta el año 2000 me llega un informe que 158.2 en Colpensiones y 37.2 en porvenir hace 21 años no cotizo por qué desde allí mis empleos son temporales y los puedo llamar informales . La pandemia me mantuvo desempleada ahora solo me emplean 2 veces a la semana estoy en una situación difícil y esta plática me serviría para ponerme hacer algo como pudiera retirarla? En este momento tan difícil y si está en dos partes Colpensiones y porvenir? Agradezco inmensamente su información mil gracias atte Milena Suárez

    1. Hola, Milena,
      Tanto en el régimen público como en el privado, a las personas que no llegan a cumplir los requisitos para obtener la pensión se les devuelve la totalidad del dinero que cotizaron hasta la fecha. En el régimen público, se otorga la Indemnización Sustitutiva, que es la devolución del dinero aportado, ajustado a la inflación actual. En el régimen privado en cambio, se devuelve el dinero aportado por el afiliado, ajustado a la inflación más los rendimientos que el dinero generó a lo largo de los años.
      Para solicitar esta devolución, debes cumplir con la edad mínima de pensión, en el caso de las mujeres 57 años y en el caso de los hombres 62.
      ¡Un saludo!

    1. Hola, Adriana,
      Al cotizar al sistema de pensiones tienes derecho a un seguro, con el que estás protegida contra accidentes o enfermedades que te impidan volver a trabajar, ya que puedes acceder a la pensión de invalidez. Para solicitarla, no necesitas una edad para tramitarla, solo haber cotizado al menos 50 semanas dentro de los 3 años previos a la fecha en la cual se dictamina la invalidez.
      Aquí te contamos más: https://bit.ly/2Gxu4T8
      ¡Estamos atentos si tienes cualquier duda! Un saludo.

  22. tengo 56 años estoy desempleado tengo una discapacidad auditiva no me dan trabajo por ese problema que debo Aser para que me devuelvan mis aportes

    1. ¡Hola!
      Al cotizar al sistema de pensiones tienes derecho a un seguro, con el que estás protegido contra accidentes o enfermedades que te impidan volver a trabajar, ya que puedes acceder a la pensión de invalidez. Para solicitarla, no necesitas una edad para tramitarla, solo haber cotizado al menos 50 semanas dentro de los 3 años previos a la fecha en la cual se dictamina la invalidez. Adicionalmente, el dictamen, que se realiza a través de las Juntas Regionales y Nacional de Calificación de Invalidez, debe afirmar que perdiste más del 50% de tu capacidad laboral.
      Aquí te contamos más: https://bit.ly/2Gxu4T8
      Por otro lado, si no puedes acceder a esta pensión, debes esperar a la edad de Ley (57 años para las mujeres y 62 para los hombres) para poder solicitar la ‘Devolución de Saldos’, en los fondos de pensión, o ‘Indemnización Sustitutiva’ en el régimen público. ¡Estamos atentos si tienes cualquier duda! Un saludo.

  23. buenas tardes.
    tengo 40 años y con mas de 850 semanas cotizadas en porvenir. a la fecha llevo mas de un año desempleado y sin ninguna entrada de dinero. prácticamente vivo de la caridad de mis familiares. como puedo hacer para retirar el dinero aportado para mi pensión ?
    gracias

    1. Hola, Wilson,
      Lo sentimos. Por Ley, tanto en el régimen público de Colpensiones, como en los fondos de pensión como Porvenir, debes esperar a la edad de pensión para solicitar una ‘Devolución de Saldos’ en tu caso, es decir, 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres. Recuerda que, como estás afiliado a Porvenir, tus ahorros seguirán generando rendimientos para que a esa edad te hagan una devolución hasta siete veces mayor de lo que sería en el régimen público. Acá te contamos más: https://bit.ly/3l8W3Kc
      ¡Un saludo!

  24. Tengo solo 282 semanas cotizadas, llevo casi 2 años sin un trabajo estable, no tengo como seguir pagando pensión, que pasara con el dinero ahorrado que tengo en porvenir

    1. Hola, Lili,
      En los fondos de pensión tu dinero está seguro y seguirá creciendo, gracias a las inversiones que realiza tu AFP Porvenir. Recuerda que en el momento que te sea posible puedes retomar las cotizaciones o si, por otro lado, al final de tu vida laboral no cumples los requisitos, obtendrás una Devolución de Saldos que puede ser hasta 7 veces mayor que si cotizaras en el régimen público. En este artículo podrás conocer más: https://bit.ly/3l8W3Kc
      ¡Un saludo!

  25. Hola solo cotize 282 semanas, me quede sin trabajo, llevo mas de año y medio sin un trabajo, que pasara con mi dinero ahorrado en porvenir

    1. Hola, Lili,
      En los fondos de pensión tu dinero está seguro y seguirá creciendo, gracias a las inversiones que realiza tu AFP Porvenir. Recuerda que en el momento que te sea posible puedes retomar las cotizaciones o si, por otro lado, al final de tu vida laboral no cumples los requisitos, obtendrás una Devolución de Saldos que puede ser hasta 7 veces mayor que si cotizaras en el régimen público. En este artículo podrás conocer más: https://bit.ly/3l8W3Kc
      ¡Un saludo!

  26. Hola buenas tardes, tengo una pregunta tengo 41 años, y ahora me quede sin empleo, pero quiero seguir aportando a mi pensión y salud, pero con menos ingreso que lo que ganaba antes, esposible que cuando me falte 10 años para pensionarme puedo subir el valor de los aportes para tener una pension mas alta?

    1. Buenas tardes, Richard,
      Claro que puedes seguir cotizando como independiente, acá te explicamos cómo: https://bit.ly/3j1znKw
      Con respecto a tu pregunta, depende del régimen de pensión en el que estés cotizando, debido a que los cálculos de tu mesada son diferentes:
      Si estás en el régimen privado, tu mesada pensional se calculará con base en el saldo de tu cuenta de ahorro, es decir, el capital que ahorraste más los rendimientos que acumulaste durante tu vida laboral.
      Si estás en el régimen público, el monto de tu pensión dependerá de las semanas cotizadas y el promedio de tu salario de los últimos 10 años.
      ¡Un saludo!

  27. Buenas noches tengo una duda, en mi caso e aportado a Colpensiones pero e quedado desempleada tengo que reportar algo? O cuando consiga trabajo sigo aportando normal.

    1. Hola, Luisa,
      Así es, en el momento en el que vuelvas a trabajar puedes seguir aportando a tu pensión de manera regular. Por ahora, si tienes la posibilidad, puedes hacer aportes pequeños, como independiente. Acá te contamos más: https://bit.ly/3j1znKw
      ¡Un saludo!

  28. Tengo 48 años alcance a cotizar 845 semanas en un fondo privado, no he podido conseguir más trabajo por ende no he podido volver a cotizar, es posible que yo pueda solicitar la devolución de mis aportes?

    1. Hola, Liliana,
      Tanto en el régimen público, como en el privado, debes esperar a tu edad de pensión (57 años para las mujeres y 62 para los hombres) para poder solicitar esta devolución. Recuerda que de todos modos tus aportes siguen generando rendimientos y siguen creciendo gracias a que estás en este fondo.
      ¡Un saludo!

  29. Buenas tardes me llamo Jhon
    Sufrí un accidente en la vista no laboral y a Sido imposible consegir trabajo ya que no apruebo los exámenes médicos
    Tengo al rededor de 350 semanas cotizadas
    Puedo retirar mi dinero ahora en caso de no querer aportar más a pension

    1. Hola, Jhon,
      La única manera para retirar tus aportes es a la edad de pensión. Sin embargo, ya que perdiste capacidad laboral, puedes solicitar la pensión por invalidez, en la que evaluarán si perdiste más del 50% de tu capacidad laboral, con el fin de que empieces a recibir una pensión. Te contamos más acá: https://bit.ly/3FUuBsb
      ¡Un saludo!

  30. Buenas tardes…tengo 51 años y más de 750 semanas cotizadas que aún sigo pagando puntualmente y sin tener trabajo…de alguna manera el gobierno me ayuda con un bono para pagar salud y pensión de forma más económica..? Ya que he venido pagando 260.000 pesos mensuales y busco una forma de que esa cuota mensual sea de menos cuantía……que debo hacer..? Gracias

    1. Hola, John,
      En tu caso, que estás haciendo aportes como desempleado, los puedes hacer por el porcentaje más bajo, es decir, sobre el salario mínimo. Por otro lado, sí existe un Subsidio a Aportes, pero para este debes cumplir con una serie de requisitos. Acá te compartimos un enlace con más información: https://bit.ly/3uEMuHU
      ¡Un saludo!

  31. Buenas tardes me llamo juan tengo 55 años me quede sin trabajo en el 2020 tengo 1.600 semanas cotizadas con fondo de pensiones protección, ya no me dan empleo por mi edad, si no sigo cotizando puedo perder mi pensión? o por el contrario puedo esperar sin cotizar hasta cumplir la edad de 62 años para solicitar mi pensión.

    1. Hola, Juan,
      Recuerda que los aportes que haces a pensión siempre serán tuyos, especialmente si estás en un fondo de pensión. Teniendo en cuenta que ya cumpliste con el requisito de las semanas, debes esperar a tu edad de pensión (los 62 años) para solicitarla. También podrías preguntar en Protección si tienes el capital suficiente para solicitar una pensión anticipada (sin importar la edad).
      ¡Un saludo!

  32. Hace unos 23 años trabaje y contice unas 150 semanas esto a llevado a tener un saldo en mi cuenta individual por unos 25 millones aproximadamente, deje de cotizar allí porque ingrese a la Armada nacional, cumplí mi tiempo de servicio y logre mi pension, teniendo en cuenta lo anterior y que ya tengo uun ingreso mensual, porque la ley no me deja retirar lo que ahorre? teniendo como referenecia que por ser pensionado ya no podria acceder a una nueva pension es decir asi cotizara no me darían doble mesada, con referencia a eso que puedo hacer podria demandar?

    1. Hola, Rafael,
      Por Ley, para solicitar una devolución de saldos o indemnización sustitutiva debes esperar a la edad de pensión, es decir, 62 años para los hombres. En ese caso, recuerda que si estás en una Administradora de Fondos de Pensión, tu dinero seguirá generando rendimientos.
      Un saludo.

  33. Buena tarde mi nombre es maryory Vásquez quisiera saber más sobre el tema de como tener el subsidio dónde solo pagas por pensión 30 mil pesos y así seguir cotizando a pensión tengo 477 no trabajo desde el 2015 y mucha gente mensiona sobre este subsidio

    1. Hola, Maryory,
      En tu caso, si tienes la posibilidad, podrías hacer aportes como desempleada por el porcentaje más bajo, es decir, sobre el salario mínimo. Por otro lado, sí existe un Subsidio a Aportes, pero para este debes cumplir con una serie de requisitos. Acá te compartimos un enlace con más información: https://bit.ly/3uEMuHU
      ¡Un saludo!

  34. Buena tarde……me quedé sin empleo la semana pasa….estoy en pensiones con SKANDIA, tengo 54 años y 1600 semanas cotizadas; puedo pedir mi pensión en este momento?
    Gracias.

    1. Hola, Jairo,
      Una opción que puedes tener es hablar con tu administradora Skandia, con el fin de preguntar si tienes el capital suficiente para una pensión anticipada. En caso de que no lo tengas, debes esperar a tu edad de pensión (62 años).
      Un saludo.

  35. Buenos dias tengo 56 años y estoy trabajando actualmente per aun me falta tiempo tengo 743 semanas puedo pagar algo adicional para poder cotizar mas o ene ste caso que se debe hacer ya que trabajo en un colegio y sienro que ya no hay la misma fuerza para seguir laborarndo ene ste caso que se debe hacer gracias.

    1. Hola, Angela,
      En promedio, las personas deben cotizar 1.150 semanas (aproximadamente 22 años) para pensionarse en los fondos de pensión (representados por Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia) o 1.300 (aproximadamente 25 años) para pensionarse en el régimen público (Colpensiones). En tu caso, si tienes la manera de reunir el capital suficiente, podrías pensionarte por capital si estás en el régimen privado (lo puedes validar con tu AFP), sino, a tus 57 años podrías pedir la devolución de tus aportes, ya que no cumpliste con las semanas suficientes, y pasarlos a BEPS: https://bit.ly/3uNtPrK
      De todos modos, si puedes seguir cotizando, la recomendación es siempre hacerlo.
      Un saludo.

  36. Hola. Retiré mi ahorro pensional y no tenia las semanas necesarias para pensión. Me quedé sin empleo por esa misma razón, pero tengo la oportunidad de trabajar como independiente, se puede cotizar?

  37. Soy Jaime y tengo 53 años tengo 30 años cotizados a Colpensiones y hace 2 años estoy desempleado tengo derecho a ayudas por Colpensiones si o no

    1. Hola, Jaime,
      La única manera para pensionarte en Colpensiones es cumplir con los requisitos: 1.300 semanas cotizadas y edad de pensión (57 años para las mujeres y 62 para los hombres), de manera que si no cumples estos requisitos aún, no puedes acceder a una pensión.
      Por otro lado, para ingresar al mecanismo BEPS, que funciona si no cumpliste las semanas requeridas, debes tener la edad de pensión.
      Un saludo.

  38. Buen dia! Tengo 44 años con 920 semanas cotizadas con porvenir en este momento tengo un trabajo informal. Mi pregunta es si se justifica seguir pagando pensión y cuál es el mejor fondo para mi caso… Gracias

    1. Hola, Anyela,
      A las personas que han cotizado bajo 1 y 2 salarios mínimos, les conviene más estar en un fondo de pensiones, debido a que allí lograrán la misma mesada que en Colpensiones, pero con menos semanas: 1.150. Además, recuerda que en el régimen privado tus ahorros se pueden heredar.
      Siempre la recomendación es seguir realizando tus cotizaciones en la medida de lo posible, y ya que trabajas, puedes cotizar como independiente, acá te explicamos cómo: https://bit.ly/3j1znKw
      Un saludo.

  39. Buenas me llamo Jorge Ivan García tengo 38 años de edad llevo más de 4 meses desempleado y las pocas empresas q me llaman apenas saben mi edad no m dan la oportunidad y apenas tengo 282 semanas cotizadas ya m encuentro desesperado sin trabajo y sin tener conq pagar renta o comer

    1. Hola, Jorge,
      Lo sentimos mucho. Por Ley, puedes hacer retiro de tus aportes cuando cumplas la edad de pensión. Recuerda que si estás cotizando en el régimen privado (Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia), tu dinero seguirá generando rendimientos.
      Un saludo.

    1. Hola, Humberto,
      Para solicitar una devolusión de saldos debes esperar a tu edad de pensión, es decir, a los 62 años. Recuerda que tu dinero sigue generando rendimientos.
      ¡Un saludo!

  40. Hola, en este momento estoy desempleada y soy beneficiara de la EPS de mi esposa, ¿hay alguna manera de aportar solo a pensión? estoy en Protección

    1. Hola, Carolina,
      Para aportar a pensión debes aportar a salud, ya que la planilla no permite hacer aportes por separado.
      Un saludo.

    1. Hola, Carolina,
      Los cálculos se hacen diferentes dependiendo del régimen en el que cotices.
      Si estás en el régimen privado: Tu mesada pensional se calculará con base en el saldo de tu cuenta de ahorro, es decir, el capital que ahorraste más los rendimientos que acumulaste durante tu vida laboral.
      Si estás en el régimen público: El monto de tu pensión dependerá de las semanas cotizadas y el promedio de tu salario de los últimos 10 años.
      Un saludo.

  41. Buenos días es que yo ya no puedo trabajar más Fuy retirado de la empresa y tengo 61 años de edad y tengo problemas en mi hombro que perdí la fuerza y no tengo casi movilidad estaba observando lo de sura y no dice nada de los aportes que me descontaba la empresa para pagar sura y no sé sihay devolución del dinero aportado o es que sura se los roba todo expliquenme

    1. Hola, Oscar,
      Si realizaste aportes a pensión en tu vida laboral y al cumplir los 62 años no tienes el requisito de las semanas (1.150 en el régimen privado o 1.300 en el público), tendrás derecho a una devolución de tus aportes. Esto lo puedes verificar con tu administradora de pensiones, ya sea Colfondos, Porvenir, Protección, Skandia o, por otro lado, Colpensiones.
      Un saludo.

  42. hola tengo una colaboradora domestica ella me dice que no cotiza pensión por que ya tiene 68 años y cotizo muy poco yo como empresa estoy obligada a ponerla a cotizar sabiendo esa plata se va perder? no ahí ley que me exonere de pagar esa plata de pensión

    1. Hola, Consuelo,
      Toda persona que trabaje está obligada a cotizar por Ley, en Colombia. Y ese dinero no se perdería. Si está afiliada a un fondo de pensiones privado, ese generará rendimientos hasta el momento en que ella decida retirarlo.
      Un saludo.

  43. Hola buenas noches, quiero saber si puedo hacer un ahorro adicional a la cotización del salario mínimo, cotizo sobre el salario mínimo, hay alguna forma de hacer un ahorro mensual y cuánto es lo mínimo?

  44. Buena tarde, qué sucede con el monto de mi pensión en el siguiente caso particular:
    – Tengo 54 años, ya tengo aproximadamente 1600 semanas cotizadas en Colpensiones
    – Ya no trabajo con contrato, soy Independiente pero con posibilidad de seguir cotizando
    – Mi pensión se verá afectada en el monto mensual si dejo de cotizar y espero los 8 años que me faltan para pensionarme? ya que solo se tienen en cuenta los últimos 10 años cotizados.
    – Es mejor seguir cotizando sobre un buen ingreso, mejor que el que ganaba cuando tenía contrato laboral, para así mejorar la mesada cuando llegue a los 62 años?
    Muchas gracias

    1. Hola, Oscar,
      En Colpensiones, por cada 50 semanas de cotización adicionales a las 1.300, el monto de su mesada pensional se verá incrementado en un 1.5%. Por otro lado, ese cálculo se realiza sobre los últimos 10 años que cotizaste, no sobre tus últimos 10 años antes de llegar a la pensión, de eso dependerá tu pensión.
      Un saludo.

  45. Buenas tengo 52años y estoy desempleado puedo reclamar mis semanas cotizadas en Colpensiones q son1050 ya que no consigo trabajo por mi edad q hago para reclamar estas semanas

    1. Hola, Juan Carlos,
      El dinero cotizado solo lo puedes reclamar cuando tengas los 62 años, por Ley. La invitación es a que sigas realizando tus cotizaciones, en la medida de lo posible, con el fin de alcanzar una pensión vitalicia. En tu caso, te faltarían cotizar 250 semanas, lo que representa unos 5 años. En caso de que estuvieras en el régimen privado, te faltaría cotizar 100 semanas, lo que representa 2 años.
      Un saludo.

  46. Tengo 52 y me encuentro desempleado puedo reclamar mis semanas cotizadas en Colpensiones ya que tengo 1050 semanas cotizadas y no puedo seguir cotizando por mi edad no me dan trabajo que debo hacer?

    1. Hola, Juan Carlos,
      La recomendación es que, en la medida de lo posible, en los 10 años que te faltan para la edad de pensión, hagas lo posible por realizar cotizaciones para completar las 1.300 semanas requeridas en Colpensiones, así sea por el mínimo, y así alcanzar tu pensión.
      Un saludo.

  47. Buen día, tengo 51 años, llevo 27 años trabajando, cumplí con las semanas reglamentarias en el 2019, pero por motivos ajenos a mi voluntad no puedo seguir trabajando, mi pregunta es si cumplo con las semanas pero me faltan 6 años para cumplir con el requisito de la edad, que sucede si el calculo para pensión son los últimos diez años. Mil gracia por su valiosa colaboracion.

    1. Hola, Patricia,
      En ese caso se calcularán los últimos 10 años que cotizaste.
      Un saludo.

  48. Hola, tengo 57 años, 579 semanas, en protección, actualmente tengo problemas en rodilla derecha desgarre degenerativo por lo que no paso exámenes de físicos de admisión en empresas para trabajar, que debo hacer para solicitar devolución de saldos.

    1. Hola, José,
      Para la devolución de saldos, debes esperar a tener la edad de pensión, es decir, los 62 años. Si, por otro lado, crees cumplir con los requisitos para una pensión por invalidez, puedes solicitarla ante tu AFP. Acá podrás encontrar más información. https://bit.ly/3FUuBsb
      Un saludo.

    1. Hola, José,
      Para la devolución de saldos, debes esperar a tener la edad de pensión, es decir, los 62 años. Si, por otro lado, crees cumplir con los requisitos para una pensión por invalidez, puedes solicitarla ante tu AFP. Acá podrás encontrar más información. https://bit.ly/3FUuBsb
      Un saludo.

  49. Tengo 60 años y 1400 semanas cotizadas , estoy en Colpensiones, la empresa en la que trabajaba se declaró en quiebra, estaba con fuero prepensional pero al declararse en quiebra no aplica. gano $4.942.000 mi promedio de salario para pensión e los 10 últimos años es de $4.250.000.
    Al dejar de cotizar me espero a cumplir los 62 año, ya que no tengo trabajo y no puedo cotizar mas además pierdo el promedio?.
    El problema es que quedo sin protección a salud., Que me recomiendan.

    1. Hola, Humberto,
      El promedio se calcula sobre los últimos 10 años cotizados. Por otro lado, todo trabajador está obligado a cotizar siempre y cuando perciba un ingreso, de lo contrario, no estás obligado y, si ya tienes las semanas suficientes, solo te quedaría esperar la edad.
      Un saludo.

  50. Buen día.

    Mi nombre es José tengo 27 años tengo una discapacidad laboral ya que me salieron 2 hernias discales y se me corrieron los discos y no puedo volver a trabajar ya que nadie me recibe así y la empresa donde me ocasione está lección no me responde ni la arl
    Puedo retirar la pensión tengo 133 semanas cotizadas y en estos momentos no cuento con empleo

    1. Hola, José,
      Para solicitar la devolución de saldos, por Ley, debes tener la edad de pensión, es decir, 62 años para los hombres. Recuerda que si estás cotizando en el régimen privado, tus ahorros seguirán generando rendimientos para tu vejez.
      Un saludo.

  51. Buen día.

    Mi nombre es José tengo 27 años
    Quiera saber que debo de hacer para retirar mi pensión tengo 2 hernias discales y un disco de la columna corrido está lección me la ocaciione en la empresa donde trabajaba pero ellos ni el arl me quisieron responder y no tengo empleo y tampoco me reciben haci en ninguna empresa

    1. Hola, José,
      Para solicitar la devolución de saldos, por Ley, debes tener la edad de pensión, es decir, 62 años para los hombres. Recuerda que si estás cotizando en el régimen privado, tus ahorros seguirán generando rendimientos para tu vejez.
      Un saludo.

  52. Tengo 56 años, afiliada a un fondo privado con 70 millones ahorrados, desempleada hace tres años no cuento con recursos para pagar una EPS. Pueden indicarme ante quién me dirijo o qué entidad puede ayudarme para pagar mi seguridad social? Gracias

  53. Tengo 55 años estoy afiliado a fondo privado ya tengo las semanas cotizadas y hace 4 años estoy desempleado y no he podido seguir cotizando.
    Existe alguna posibilidad que pueda solicitar al fondo como un avanze de los ahorros..??

    1. Hola, Alvaro,
      Para retirar tus aportes, por Ley, debes esperar a la edad de pensión, es decir, los 57 años para las mujeres y los 62 años para los hombres. Entre tanto, recuerda que, si estás en el régimen privado, tus ahorros seguirán generando rendimientos. Así mismo, si estás desempleado, podrías hacer uso de tus cesantías, creadas para estos periodos.
      Un saludo.

  54. Hola mi nombre es patricia tengo 49 años tengo 1400 semanas cotizadas me quede sin empleo debo seguir pagando pencion subsidiada o solo devo esperar cumplir la edad.mil gracias.

    1. Hola, Patricia,
      En ese caso solo debes esperar a cumplir la edad de pensión, debido a que no estás obligada a seguir cotizando, por desempleo.
      Un saludo.

  55. Buenas tardes mi nombre es Claudia tengo 52 años y 1250 semanas cotizadas en colfondos, por motivos de enfermedad de uno de mis hijos no laborare mas, que pasa con lo cotizado, me lo pueden devolver.

    Gracias

    1. Hola, Claudia,
      Ya que tienes las semanas suficientes (en Colfondos te piden 1.150 semanas), solo debes esperar a la edad de pensión, es decir, a los 57 años, para acceder a tu mesada. Entre tanto, tu dinero seguirá generando rendimientos para tu pensión.
      Un saludo.

  56. Hola soy venezolano trabaje 5 años lo cual fue en dos empresas diferentes ya me fui del país y en esos 5 años cotise. Me pueden de volver el dinero que ahorre? Y si es así como sería o donde me puedo meter para agilizar eso eso gracias…

    1. Hola, Gabriel,
      El dinero lo puedes retirar contactándote con tu administradora al tener la edad de pensión, es decir, 62 años para los hombres, 57 años para las mujeres.
      Recuerda que si estás en el régimen privado, tu dinero seguirá generando rendimientos, para una devolución mayor a tu edad de pensión.
      Un saludo.

  57. Hola buena tardes, tengo 47 años, la junta de invalidez me diagnosticaron enfermedad laboral me operaron de dos dedos de la mano derecha el cual no quede bien Iva para otra operación en la mano izquierda, en la mano derecha asu vez tengo dos dedos que me deben operar por problemas de tendones, llevo en la empresa 19 años y asu vez tengo tres años en tratamiento de ansiedad con la epa pero no es de origen laboral deseo saber en ese caso como podría solicitar uba pensión anticipafa

    1. Hola, Andrés,
      Para una pensión por invalidez, necesitas haber cotizado al menos 50 semanas dentro de los 3 años previos a la fecha en la cual se dictamina la invalidez.
      El dictamen en el que se establece la pérdida de tu capacidad laboral debe decir que el origen de la invalidez es de tipo común, es decir, que no fue provocado por una actividad relacionada al trabajo, ya que en ese caso es la ARL quien debe asumir el proceso.
      Adicionalmente, el dictamen, que se realiza a través de las Juntas Regionales y Nacional de Calificación de Invalidez, debe afirmar que perdiste más del 50% de tu capacidad laboral. Este es un requisito indispensable. Conoce más acá: https://bit.ly/3FUuBsb
      Un saludo.

    1. Hola, Adriana,
      No se pierde. Si lo cotizaste en el régimen privado, ese dinero seguirá generando rendimientos para tu vejez. Si, por otro lado, estás cotizando en el régimen público, ese dinero quedará quieto, sin generarte ningún interés. De todos modos, la recomendación es para que sigas realizando aportes, con el fin de alcanzar las semanas necesarias para tu pensión o, en caso de no lograrlas, recibir una devolución hasta 7 veces más grande en el régimen privado.
      Adicionalmente, recuerda verificar en tu extracto pensional si tu empleador efectivamente hizo esos aportes.
      Quedamos atentos si tienes más dudas. Un saludo.

  58. Soy colombiano con 30 años de edad y voy a vivir a Italia. Desde mis 18 años he cotizado la pensión obligatoria pero NO quiero seguir cotizando más . Puedo solicitar lo que tengo ahorrado?

    1. Hola, Fredy,
      Solo puedes recibir la devolución de tus aportes a la edad de pensión (57 años para las mujeres y 62 años para las mujeres). Por ahora, recuerda que, si estás en el régimen privado, el dinero que estás cotizando seguirá generando rendimientos para tu vejez.
      Un saludo.

  59. Buenas …tengo un ahorro individual en protección..no volví a trabajar ..tengo 113 semanas no tengo el capital para Pensión arme..sera qué puedo pedir una indemnización sustitutiva …ya qué en dado caso se qué no me voy a pensionar..

    1. Hola, Julian,
      Recuerda que para poder solicitar una ‘Devolución de Saldos’ en los fondos de pensión o ‘Indemnización Sustitutiva’, si estás en Colpensiones, debes llegar a la edad de pensión por Ley (57 años para las mujeres y 62 para los hombres), en donde se comprobará que no cumpliste con los requisitos de pensión y se te devolverán los ahorros. De todos modos, recuerda que si estás en los fondos de pensión, tus aportes seguirán creciendo, gracias a los rendimientos generados por tu administradora. Acá te contamos más: https://bit.ly/3cu9LBl
      Un saludo.

  60. Hola tengo 56 años tengo 996 semanas cotizadas por la pandemia quedé desempleada ya llevo 2 años sin trabajar pues no me dan trabajo y estoy en una situación muy difícil no estoy de posada donde un hijo será que podré reclamar mis aportes a compeciones para comprar una casa cuánto sería la devolución gracias

    1. Hola, Gladis,
      La devolución la puedes solicitar tan pronto cumplas 57 años. Por otro lado, el monto de la devolución dependerá de cuántos aportes hiciste, lo debes validar directamente con tu administradora.
      Un saludo.

  61. Soy desempleado y en salud estoy como beneficiario solo puedo seguir pagando pensión como lo puedo hacer

    1. Hola, Yamil,
      La planilla no te permite pagar el aporte por separado, de modo que obligatoriamente deberías pagar pensión y salud.
      Un saludo.

    1. Hola, Warllyn,
      Claro que sí, puedes realizar este cambio siempre que tengas menos de 52 años. En ese caso, debes comunicarte con Colpensiones para pedir la Doble Asesoría y así pedir el traslado.
      Un saludo.

  62. Tengo 32 Años Y Se Me Ha Presentado Un Caso De Fuerza Mayor , Como Puedo Hacer Para Retirar Ahorro Pensional Siendo Consiente Que Renuncio A Mi Pension ?

    1. Hola, Edwin,
      Para retirar tu ahorro pensional solo lo puedes hacer a tu edad de pensión (57 años para las mujeres y 62 años para los hombres). Esa devolución solo se haría efectiva en caso de que no tengas las semanas suficientes. De todos modos, recuerda que en el régimen privado tu dinero seguirá generando rendimientos hasta esa edad.
      Un saludo.

  63. Buenas noches

    cordial saludo
    en el mes de enero de el presente año la empresa donde laboraba me termino contrato y segun tengo entendido pago mi pension hasta el mes de Diciembre de 2022; en ese mes no pude emplearme nuevamente sino hasta este mes….que debo hacer para cancelar el mes de enero la pensión ,ya que la nueva empresa envía mis cotizaciones desde el mes de febrero, por tanto no se cancelo en el mes de enero( estoy afiliada a porvenir)….

    1. ¡Hola Yakeline!

      Solo se pueden pagar semanas restantes siempre que la persona haya trabajado por un tiempo y no haya cotizado las respectivas semanas por Ley. En ese caso, el cálculo se haría con una multa, debido a que no hizo los pagos a tiempo.

  64. Tengo 55 años trabaje un corto tiempo en empresas de construcción
    Esas semanas cotizadas las puedo reclamar ya k estoy desempleado y por mi edad ya no me contratan en empresas

    1. ¡Hola José!

      Recuerda que para poder solicitar una ‘Devolución de Saldos’ en los fondos de pensión o ‘Indemnización Sustitutiva’, si estás en Colpensiones, debes llegar a la edad de pensión por Ley (57 años para las mujeres y 62 para los hombres), en donde se comprobará que no cumpliste con los requisitos de pensión y se te devolverán los ahorros. De todos modos, recuerda que si estás en los fondos de pensión, tus aportes seguirán creciendo, gracias a los rendimientos generados por tu administradora. Acá te contamos más: https://bit.ly/3cu9LBl

  65. Entre a trabajar a los 37 años y no habia trabajdo antes dure 2 años trabajando y ya no puedo seguir trabajando mas puedo retirar el ahorro de mi pension

    1. ¡Hola Nelly!

      Para poder solicitar una ‘Devolución de Saldos’ en los fondos de pensión o ‘Indemnización Sustitutiva’, si estás en Colpensiones, debes llegar a la edad de pensión por Ley (57 años para las mujeres y 62 para los hombres), en donde se comprobará que no cumpliste con los requisitos de pensión y se te devolverán los ahorros. De todos modos, recuerda que si estás en los fondos de pensión, tus aportes seguirán creciendo, gracias a los rendimientos generados por tu administradora. Acá te contamos más: https://bit.ly/3cu9LBl

      La invitación es a que, si puedes seguir cotizando, así sea poco, lo hagas, porque de esa manera, tendrás más posibilidades de lograr la pensión en algún momento.

  66. Estuve pagando en Colpensiones .pero llegó el momento en qué me quedé sin trabajó debido a qué me infarte y ya no puedo hacer ninguna fuerza.cotice 550 semanas y debido a mi edad 57 años.no e podido cotizar más.que debo de hacer.gracias

    1. ¡Hola Wilman!

      En Colombia cada régimen pensional tiene la obligación de devolverles a los afiliados los aportes realizados en caso de que no cumplan con los requisitos para pensionarse. En Colpensiones, esa devolución se conoce como ‘Indemnización Sustitutiva’, y en los fondos de pensiones privados como ‘Devolución de Saldos’. En el primer caso, (Indemnización Sustitutiva) al trabajador le retornan sus aportes ajustados solo con inflación. Recuerda que para solicitar la Indemización Sustitutiva debes cumplir el requisito de la edad, que en el caso de los hombres son los 62 años.

  67. Tengo 1152 semanas cotizadas tengo 43 años y estoy desempleada, cuando podría adquirir mi pensión o que le entreguen a uno su plática de tantos años

    1. ¡Hola! Para acceder a la pensión debes cumplir con el requisito de la edad, en en caso de las mujeres son 57 años.

    1. ¡Hola! Recuerda que si estás en una administradora del régimen privado puedes pensionarte con 1.150 semanas. Si estás en Colpensiones con la ventana de oportunidad de tralasdo te permite trasladarte de régimen.

  68. Tengo 40 años, llevo cotizando alrededor de 20 años en porvenir, ahora estoy sin trabajo, y me voy del apis puedo solicitar a porvenir la devolución de mis aportes individuales

    1. ¡Hola Diego!

      Para poder solicitar una ‘Devolución de Saldos’ en los fondos de pensión debes llegar a la edad de pensión por Ley (57 años para las mujeres y 62 para los hombres), en donde se comprobará que no cumpliste con los requisitos de pensión y se te devolverán los ahorros. Te invitamos a seguir cotizando a tu pensión, en la actualidad hay varios mecanismos para poder cotizar desde el exterior y así seguir ahorrando para tu pensión. Aquí te dejamos más información.

  69. Hola si ya complete las semanas y aún no tengo la edad y ya no me contratan con el mismo salario sino mucho menor que debo hacer?

    1. ¡Hola! Lo ideal es seguir cotizando hasta la edad de pensión, en caso de no poder, tu ahorro seguirá rentando hasta cumplir la edad.

  70. Buenos dias….. Tengo 57 años de edad en mi fondo de pensiones ya tengo el ahorro de capital para pensionarme con un salario minimo segun la asesoria de mi fondo de pension… Pero por no tener la edad y que mi capital actual se compone del bono pensional cuando trabajaje por 11 años con el gobierno colombiano desde 1990 al 2001.Sumado mi ahorros, rendmientos y bono pensional tengo a hoy el capital para pensionarme con un salario minimo, pero por la edad no puedo hacer uso del bono por lo tanto debo esperar hasta el 2029 para pensionarme con el fondo. Respecto a mis semanas tengo 728 cotizadas actualmente y hace 20 años no pude mas cotizar porque nadie medio trabajo como ingeniero de sistemas. En el fondo en la esoria me djo que a ellos solo les interesa el capital ahorrado con bono y rendimientos…. que ya a hoy tengo el derecho de pensionarme pero debo esperar al 2029.
    La pregunta del millon es: Que pasara con la nueva reforma pensional y mi condicion legal actual ante mi fondo de pensiones.

    1. ¡Hola! Solo quienes alcancen a estar antes de la entrada en vigor de la reforma en el régimen de transición, es decir, 750 semanas para las mujeres y 900 para los hombres, se les mantendrán sus derechos adquiridos y no les afectará la reforma pensional. Si no alcanzas a cumplir las semanas necesarias para la pensión, pero logras cotizar menos de 1000, te darán un beneficio económico que irá entre los 400 mil a los 600 mil pesos, ya no habrán devoluciones de saldos.

  71. Tengo 50 años no tengo trabajo por mi edad estoy en porvenir tengo más o menos 1150 semanas ya por la edad no obtengo trabajo puedo retirar lo que tengo en fondo de pensiones

    1. ¡Hola! El saldo de la cuenta de ahorro individual solo puede ser retirado al cumplir con lo requisitos para la pensión, es decir, las semanas (1.150) y la edad, 57 años para las mujeres y 62, los hombres. Si no puedes seguir cotizando, tu ahorro se mantendrá en tu cuenta generando rendimientos para el momento de tu pensión.

  72. Buenos días, en caso de cumplir con las semanas cotizadas y la edad podría solicitar la devolución de saldos en un fondo privado de pensiones??? Es decir no me interesaría recibir una pensión baja y si recibir mi ahorro pensional, es posible?

    1. ¡Hola! Los aportes realizados a la cuenta de ahorro individual están destinados únicamente para la pensión de vejez.

  73. Hola.
    Tengo 55 años y he cotizado 1550 semanas.
    Me despidieron de mi trabajo y llevo un año sin cotizar pues no tengo trabajo ni ingresos.
    Qué puedo hacer?

    1. ¡Hola! El saldo de la cuenta de ahorro individual solo puede ser retirado al cumplir con lo requisitos para la pensión, es decir, las semanas (1.150) y la edad, 57 años para las mujeres y 62, los hombres. Si no puedes seguir cotizando, tu ahorro se mantendrá en tu cuenta generando rendimientos para el momento de tu pensión.

  74. Tengo 54 años y me quedé sin empleo pero en este país hay una contradicción, ya que ninguna empresa ni siquiera se toman el tiempo de llamarme a entrevista ya que para ellos uno es muy viejo para trabajar pero para recibir mi pensión soy muy joven.
    Tengo 1450 semanas cotizadas y tengo experiencia 20 años en Supply Chain soy profesional en logística.
    Puedo demandar para recibir algo de mis aportes? O como puedo sobrevivir sin trabajo y sin producir nada ya que los gastos siguen.

    1. ¡Hola! El saldo de la cuenta de ahorro individual solo puede ser retirado al cumplir con lo requisitos para la pensión, es decir, las semanas (1.150) y la edad, 57 años para las mujeres y 62, los hombres. Si no puedes seguir cotizando, tu ahorro se mantendrá en tu cuenta generando rendimientos para el momento de tu pensión.

  75. Buen día tengo 54 años y 1.400 semanas cotizadas me quedé sin empleo he pasado hojas de vida pero en este país a los 45 años ya uno es viejo.para trabajar y no dan oportunidad ni de entrevista.Pero.para recibir la pensión a los 54 soy muy joven que puedo hacer ya que mi situación es crítica por qué los gastos continuan y no tengo ingresos.Lo.unico que tengo es lo ahorrado en.pension. Y las semanas que tengo cotizadas por encima de lo exigido. Y no me digan que siga aportando por qué sino tengo para cubrir los gastos de la casa menos para seguir aportando.

    1. Hola! El saldo de la cuenta de ahorro individual solo puede ser retirado al cumplir con lo requisitos para la pensión, es decir, las semanas (1.150) y la edad, 57 años para las mujeres y 62, los hombres. Si no puedes seguir cotizando, tu ahorro se mantendrá en tu cuenta generando rendimientos para el momento de tu pensión.

  76. Cómo se hace para retirar las pensiones obligatorias si hace años no trabajo en la empresa en la q me afilie en porvenir pues estoy sin trabajo y quisiera retirar la pensión obligatoria les agradezco cualquier información 3225422414

    1. ¡Hola! El saldo de la cuenta de ahorro individual solo puede ser retirado al cumplir con lo requisitos para la pensión, es decir, las semanas (1.150) y la edad, 57 años para las mujeres y 62, los hombres.

  77. Buen dia tengo 54 años 1150 semanas cotizadas en porvenir, desempleado, capital ahorrado 200MM puedo reclamar ese capital para solventar mis necesidades

    1. ¡Hola! El dinero que está en tu cuenta de ahorro individual es solo para usarlo en la pensión de vejez. Al cumplir con el requisito de semanas y de la edad, se te dará tu pensión.

  78. Buenas noches me llamo Javier la pregunta es q me dijeron q a los 45 años puedo retirar mi pensión q hay de cierto en eso muchas gracias

    1. ¡Hola! La pensión solo puede ser destinada para uso pensional y al cumplir con las edad de pensión.

  79. tengo 56 años y quede desempleado quiero sacar mi plata aportada para emprender. puedo retirarla ya?

    1. ¡Hola! El dinero de la cuenta de ahorro individual solo puede ser destinado para la pensión.

    1. ¡Hola! El dinero del ahorro pensional por ley solo puede ser destinado para la pensión.

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